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Hotesur: Ratifican la inhibición de bienes de Florencia y Máximo Kirchner

Florencia y Máximo Kirchner
La Sala I de la Cámara Federal confirmó hoy la inhibición general de bienes de Máximo y Florencia Kirchner, ambos hijos de la ex presidenta Cristina Kirchner, en el marco de la causa Hotesur en la que están imputados.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal confirmó lo resuelto en primera instancia por el juez federal Julián Ercolini y también la inhibición de bienes: entre ellos un total de 16 inmuebles, la participación en tres sociedades (Hotesur, Los Sauces, COMASA) y un vehículo. El pasado 29 de noviembre, los fiscales del caso, Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques, habían pedido el embargo preventivo sobre los bienes de Máximo y Florencia Kirchner. 
 
El reclamo de los fiscales se había basado en que Cristina Kirchner, en marzo de este año, "había cedido su porción de la herencia" de Néstor Kirchner a favor de sus dos hijos, quienes también integran la sociedad Hotesur, investigada por el alquiler de hoteles a empresas de Lázaro Báez y Cristobal López, ambos favorecidos con la licitación de obras públicas durante el kirchnerismo. El objetivo de la decisión judicial es impedir que los hijos de la expresidenta se desprendan de los bienes en lo que dure la investigación por Hotesur.
  
"Sin que constituya un adelanto de opinión sobre la cuestión de fondo que se debate en las actuaciones principales, comparto la opinión de juez de grado sobre la verificación en el caso del requisito de verosimilitud del derecho", dijo el juez Jorge Ballestero. Agregó que "el paso procesal adoptado constituye un elemento novedoso que no debe ser pasado por alto en el marco de esta incidencia, por cuanto refleja que el juez ha arribado a un grado de sospecha suficiente con respecto a la hipótesis criminal sobre la que se asienta la medida de seguridad pecuniaria objeto de recurso".
  
"Esta medida cautelar resulta ajustada a derecho, ya que en esta instancia del proceso resulta imprescindible asegurar que se mantengan inalterables aquellos bienes que podrían haberse utilizado para la comisión de los hechos, con el fin de resguardar la posible concreción –en caso de resultar pertinente- de una potencial pena de decomisó", justificó en su voto el juez Lepoldo Bruglia. "Cabe agregar asimismo que, en este caso particular se dieron concretos sucesos relacionados con movimientos de bienes y dinero que alertan y determinan la urgencia del dictado de la medida cuestionada, para evitar cualquier posible desapoderamiento intencional o no, por parte de los imputados que ponga en riesgo la efectivización del derecho en estas actuaciones", concluyó.