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Semana clave para el proyecto que legaliza el aborto

Faltan 22 votos para obtener la media sanción. En total son 31 los legisladores que aún no se han expresado.
 
Después de once años de haber llegado a la Cámara de Diputados de la Nación, 4 intentos frustrados de discusión –en los que la iniciativa perdió estado parlamentario– y 738 oradores que expusieron su postura en 15 audiencias abiertas, finalmente se debatirá el proyecto para legalizar la interrupción voluntaria del embarazo en la Argentina.
 
La discusión será el miércoles, en la Cámara Baja. 256 diputados votarán –Julio De Vido está suspendido en sus funciones– y si hubiera empate, quien define es el presidente de la cámara, Emilio Monzó (PRO). Se estima que el debate comenzará a las 11 y se extenderá hasta las primeras horas de la mañana del jueves 14.
 
En cuanto a las posturas, hay 118 legisladores definidos en contra de legalizar la práctica y 107 a favor, mientras 20 se mantienen indecisos y 11 no comunicaron de qué forma votarán. Entre estos podría haber abstenciones o ausencias. Los votos de los indecisos son claves, y desde ambos sectores se intenta captar esas voluntades.
 

Qué dice el proyecto

 
El proyecto garantiza que no se penará la decisión de abortar y se asistirá en forma gratuita –tanto en el sistema de salud pública como en la medicina privada– a la persona que decida tomar esta decisión, hasta la semana 14 de la gestación. En casos de malformaciones fetales graves, riesgo de vida para la gestante y violación, la interrupción no tendría una fecha límite.
 
Para realizar la práctica es necesaria la firma de un consentimiento informado por parte de quien lo solicita. También se asegura que la intervención se debe realizar en un plazo no mayor a los 5 días corridos posteriores al requerimiento y no se puede interponer ningún recurso judicial, sólo la manifestación de la voluntad de la gestante es condición suficiente para llevar adelante el aborto.
 
En cuanto a la objeción de conciencia, se contempla que los y las profesionales de la salud puedan solicitarla –por escrito–; sin embargo, las instituciones no pueden ser objetoras, es decir que si un médico no quiere realizar la intervención, se debe garantizar que haya otro que esté dispuesto a hacerlo.
 
 
 

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