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Condenaron a un estafador que se apoderó de 1,2 millones de pesos y 3.000 dólares

Fiscal Máximo Paolucci
La estafa la cometió el 28 de diciembre pasado en Uriburu, cuando llamó por teléfono a una mujer y se hizo pasar por su nieto para que le entregue el dinero.  
 
La jueza Florencia Maza condenó a un hombre de San Luis a 2 años de prisión en suspenso por la millonaria estafa que cometió en Uriburu con un "cuento del tío". Además, deberá reparar el daño causado devolviendo 1,2 millones de pesos y 3.000 dólares. 
 
La condena fue producto de un juicio abreviado al que arribó el fiscal Máximo Paulucci (foto), la fiscala adjunta Natalia Urruti, los defensores Michel Martín Divoy y Jerónimo Altamirano junto con el imputado Marco Leandro Bagatello. 
 
El hecho ocurrió el 28 de diciembre del 2023 a las 12:30 aproximadamente. La víctima, una mujer, recepcionó un llamado telefónico, de un hombre quien se hace pasar por su nieto Damián, el que le solicita que le haga entrega de todo su dinero a un abogado que iba a pasar por su domicilio, en virtud de que los billetes habrían perdido valor y era necesario cambiarlos en el banco. Minutos después se hace presente en el domicilio de la damnificada, Bagatello a quien ésta le hace entrega del dinero siendo una suma superior a $1.200.000 y 3.000 dólares, colocando dicho dinero en una bolsa y retirándose del domicilio, logrando engañar a la mujer y provocando un perjuicio patrimonial para la misma. El estafador se movilizaba en una camioneta marca Volkswagen Amarok color blanca, patente OFY-352.
 
La Brigada de Investigaciones de la UR-I logró esclarecer el delito y detuvo a Bagatello en la provincia de San Luis. 
 
La juez Maza homologó el Acuerdo de Juicio Abreviado presentado por las partes y condenó a Marco Leandro Bagatello a la pena de dos años de prisión en suspenso, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de estafa previsto en el artículo 172 del Código Penal, por hecho ocurrido el día 28 de diciembre del año 2023, en perjuicio de Estela Noemí Páez. Con costas, (artículo 346 del CPP), atento el ejercicio de la defensa técnica por parte de los defensores particulares".
 
Además, condenó a Bagatello "a la reparación de los daños causados, en los términos del artículo 29, inc. 2º del Código Penal y, en consecuencia, el mismo deberá materializar la suma de $ 1.200.000 (un millon doscientos mil pesos) más U$S 3000 (tres mil dólares) y/o el valor equivalente en pesos, al momento del pago, dinero que deberá efectivizarse en sede del Ministerio Público Fiscal a fin de que este sea entregado a la damnificada o a la persona que esta designe, labrándose acta al efecto, integrándose ese monto con el dinero ya secuestrado en autos más lo que aporte el damnificado".
 
La jueza le impuso también a Bagatello el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de 2 años bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de revocarle la condicionalidad de la condena impuesta: A) Fijar domicilio del que no podrá ausentarse sin conocimiento o autorización de la autoridad judicial correspondiente. B) Abstenerse de entrar en contacto con Estela Noemí Paez, DNI Nº 6.632.891, domiciliada en calle Escola sin número de la localidad de Uriburu, no pudiendo entrar en contacto con ella ya sea de manera personal, a traves de otras personas, ni de forma telefónica, informatica ni por ningun otro medio. C) Imponerle una prohibición absoluta de ingreso a la provincia de La Pampa.
 

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